Séptimo Programa Regional de Capacitación en Derecho y Políticas Ambientales (2): De la libertad a la sostenibilidad

Todos los años, el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (más conocido como PNUMA o UNEP, por sus siglas en inglés), organiza un curso de capacitación en Derecho y Políticas Ambientales, dirigido a profesionales latinoamericanos (principalmente abogados) que se desempeñan en el área ambiental.

Esta vez, yo y un colega del Ministerio del Medio Ambiente fuimos los afortunados seleccionados para representar a Chile en el evento, que tuvo lugar en Lima entre el 13 y el 23 de junio.

Las jornadas fueron intensas (lunes a viernes, de 9:00 a 18:00) y abarcaron un sinnúmero de temas: derecho internacional y comparado, política ambiental, diversidad biológica, evaluación ambiental, residuos, cambio climático, participación ciudadana e indígena, justicia ambiental, etc.

Mi idea es presentarles un panorama de aquellas materias que más me llamaron la atención, ya sea porque me parecieron novedosas o porque me hicieron reflexionar de manera distinta a la habitual.

Para facilitar la lectura, voy a parcelar mis apuntes en varias entradas. Esta es la segunda.

“Derecho y medio ambiente en el siglo XXI – De la libertad a la sostenibilidad y la cohabitación de paradigmas”

El profesor brasileño Paulo Márcio Cruz (UNIVALI) plantea la siguiente hipótesis general:

Los acontecimientos provocados por la globalización han creado nuevos poderes transnacionales que se encuentran fuera de la capacidad limitadora del Derecho Moderno y eso significa la creación de un nuevo Derecho destinado a limitar esos nuevos poderes.

Las hipótesis específicas, sobre la base de las cuales se construye la general, son las siguientes:

a)    Las comunicaciones por satélites, los microprocesadores y el fin de la guerra frían han creado las condiciones para la emergencia de nuevos poderes transnacionales en ámbitos no territoriales y que no están sometidos a las limitaciones del Derecho Moderno.

b)   La globalización ha creado procesos de deterioro ambiental nunca antes observados.

c)    La falta de distribución de la riqueza y su consecuencia, se ha tornado en uno de los principales riesgos ambientales.

d)   Estamos en presencia de un cambio de paradigma en el Derecho. Al actual Derecho Moderno, construido bajo el paradigma de la libertad, comienza a convivir con un Derecho Postmoderno, que responde al paradigma de la sostenibilidad.

Así, el Derecho Ambiental, como parte del Derecho Moderno, es insuficiente para enfrentar los desafíos en la materia. Es necesario el surgimiento de un Derecho transnacional (no internacional), lo que supone republicanizar la globalización, crear espacios de gobernanza transnacional (lo que a su vez supone la cesión de soberanía en ciertos ámbitos).

Artículo de regalo: “Sobre el principio republicano“, de Paulo Márcio Cruz



Esta entrada fue publicada el 12 de agosto de 2011 a las 7:18 pm. Puedes comentar, o hacer un trackback desde tu sitio.

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